Los nichos funerarios no son propiedad indefinida de una familia, sino que se debe renovar su concesión para mantener los derechos sobre ellos. 

¿Qué es un nicho funerario?

Un nicho funerario es un espacio dentro de un muro en el cementerio donde se guarda el ataúd con los restos de una persona fallecida o la urna funeraria. No debe confundirse con la sepultura, que se refiere a la inhumación de varias personas en un mismo lugar. 

Los nichos de cementerio no se compran, sino que son cedidos por el ayuntamiento de cada localidad a los ciudadanos durante un periodo de tiempo determinado. Durante ese tiempo, la familia del difunto es responsable del mantenimiento del nicho, incluyendo su limpieza y conservación. Existen servicios funerarios que se pueden encargar de ello. En todo caso, si el aspecto de su nicho se ha deteriorado, en Mármoles Irelia, nos encargamos de ello. 

¿Nicho funerario y sepultura son lo mismo? 

La respuesta corta es no, aunque a menudo se usan indistintamente.

Nicho funerario:

  • Un espacio en un muro o estructura del cementerio.
  • Diseñado para un solo ataúd o urna.
  • Se cierra con una lápida o placa.
  • Ocupa menos espacio que una sepultura.

Sepultura en cementerio:

  • Un espacio excavado en el suelo del cementerio.
  • Puede albergar uno o más ataúdes o urnas.
  • Se suele cubrir con tierra o una lápida.

¿Cuánto vale un nicho?

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Normalmente, los cementerios en España funcionan a través del sistema de concesiones. Lo que significa que no se puede tener un nicho en propiedad de forma indefinida, por lo que no podemos especificar cuanto vale un nicho en propiedad. 

Ahora, ¿Cuánto cuesta renovar un nicho? El precio de un nicho depende del ayuntamiento, las tarifas se sitúan entre los 300 y 700 euros al año. 

Nichos a perpetuidad

No es posible contratar un nicho a perpetuidad en un cementerio municipal. Sin embargo, sí es posible hacerlo en un panteón familiar o en un cementerio privado. 

¿Cada cuánto hay que renovar el nicho?

La renovación de un nicho depende de la duración establecida, que en España puede ser de 5, 10, 50 o 75 años. El periodo más habitual es de 10 años, por lo que en ese caso la renovación se realizaría cada ese periodo. 

¿Quién se encarga de la renovación del nicho?

El titular de la concesión es el responsable de la renovación. El ayuntamiento del municipio donde se encuentra el cementerio suele notificar por carta la fecha de caducidad al titular. Si no hay respuesta, se envía una carta certificada. En caso de no obtener respuesta, se exhuman los restos mortales y se incineran.

¿Qué dice la Ley Mortuoria en España?

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El derecho funerario en España se rige por la normativa de cada comunidad autónoma y entidad local, siendo la única norma general el Decreto 2263/1974. Se adquiere mediante solicitud y pago de las tasas. Queda reconocido en un contrato-título inscrito en el registro. 

Este contrato incluye datos del titular, beneficiario, duración del derecho y condiciones de la unidad de enterramiento. El impago puede suponer la exhumación del cadáver. El titular tiene derecho al uso exclusivo del espacio para inhumación, pero no a la propiedad del suelo. La normativa puede variar, por lo que se recomienda consultar la específica de cada caso. Si quieres saber más sobre la Ley Mortuoria en España, puedes seguir leyéndolo aquí

Es importante recordar que la concesión del nicho no es indefinida, y que debe renovarse al finalizar el plazo establecido. El coste de la renovación del nicho varía según el municipio y la duración de la nueva concesión. 

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